RECOMENDACIONES AL TURISTA
1. Los bienes adquiridos en la Zona Comercial de Tacna deben ser declarados en éste documento, el cual debe ser presentado ante la oficina de la ZOFRATACNA ubicada en el Terminal Terrestre “Manuel A. Odría” o en el Aeropuerto Internacional “Crnl. FAP Carlos Ciriani Santa Rosa”, según viaje por vía terrestre o área respectivamente.
2. El personal de la ZOFRATACNA le entregará un listado de sus mercancías de acuerdo a lo que ha declarado, en el que constará además el monto de la exoneración que ha utilizado y el saldo de su cuenta corriente para controlar el tope de US$ 1,000.00 por viaje y de US$ 3,000.00 anual que le concede la ley. De exceder estos montos, debe pagar los tributos respectivos.
3. Con el listado de sus mercancías podrá embarcarse hacia su destino. De hacerlo por vía aérea, su equipaje y artículos que porte consigo estarán sujetos a la revisión física en caso sea seleccionado. Si viaja por vía terrestre, el control se realizará en el Puesto de Control Aduanero de Tomasiri, en el de Vila Vila, en los demás puestos o puntos de control aduanero que se encuentren en su ruta, según corresponda.
4. Si como consecuencia de la revisión física se encuentran mercancías no declaradas, éstas serán incautadas.
IMPORTANTE
1. Al momento de declarar sus mercancías, debe presentar:
a) El comprobante de pago correspondiente.
b) El Documento Nacional de Identidad en el caso de turistas nacionales, pasaporte o documento oficial de identificación del país de su residencia en el caso de turistas extranjeros, sin remarcaciones, enmendaduras o en mal estado, caso contrario no se aceptará la presente Declaración.
2. No acepte llevar mercancía por encargo de terceras personas, contraviene los dispositivos legales vigentes.
3. La Declaración Jurada de equipaje debe presentarla ante las Oficinas de ZOFRATACNA una (1) hora antes del horario programado de salida del medio de transporte.
Declaración Jurada
RECOMENDACIONES AL TURISTA
1. Los bienes adquiridos en la Zona Comercial de Tacna deben ser declarados en éste documento, el cual debe ser presentado ante la oficina de la ZOFRATACNA ubicada en el Terminal Terrestre “Manuel A. Odría” o en el Aeropuerto Internacional “Crnl. FAP Carlos Ciriani Santa Rosa”, según viaje por vía terrestre o área respectivamente.
2. El personal de la ZOFRATACNA le entregará un listado de sus mercancías de acuerdo a lo que ha declarado, en el que constará además el monto de la exoneración que ha utilizado y el saldo de su cuenta corriente para controlar el tope de US$ 1,000.00 por viaje y de US$ 3,000.00 anual que le concede la ley. De exceder estos montos, debe pagar los tributos respectivos.
3. Con el listado de sus mercancías podrá embarcarse hacia su destino. De hacerlo por vía aérea, su equipaje y artículos que porte consigo estarán sujetos a la revisión física en caso sea seleccionado. Si viaja por vía terrestre, el control se realizará en el Puesto de Control Aduanero de Tomasiri, en el de Vila Vila, en los demás puestos o puntos de control aduanero que se encuentren en su ruta, según corresponda.
4. Si como consecuencia de la revisión física se encuentran mercancías no declaradas, éstas serán incautadas.
IMPORTANTE
1. Al momento de declarar sus mercancías, debe presentar:
a) El comprobante de pago correspondiente.
b) El Documento Nacional de Identidad en el caso de turistas nacionales, pasaporte o documento oficial de identificación del país de su residencia en el caso de turistas extranjeros, sin remarcaciones, enmendaduras o en mal estado, caso contrario no se aceptará la presente Declaración.
2. No acepte llevar mercancía por encargo de terceras personas, contraviene los dispositivos legales vigentes.
3. La Declaración Jurada de equipaje debe presentarla ante las Oficinas de ZOFRATACNA una (1) hora antes del horario programado de salida del medio de transporte.
Declaración Jurada Menor de Edad